viernes, 6 de febrero de 2026

DIVORCIOS EN LA TERCERA FASE

 (Artículo publicado en el Periódico Nueva Alcarria el 16/01/2026)


En las últimas décadas, las separaciones y divorcios en personas con cierta edad (vamos, ya mayorcitos y con la vida bien resuelta), han dejado de ser un fenómeno excepcional para convertirse en una realidad cada vez más frecuente. Lo que antes se veía como una etapa en la que ya todo estaba hecho, hoy se vive como un periodo en el que aún es posible tomar decisiones importantes sobre la propia felicidad.

Muchos matrimonios que han permanecido juntos durante décadas llegan a edades avanzadas con dinámicas marcadas por rutinas, silencios prolongados o conflictos no resueltos acumulados con el tiempo. Durante años, diversas responsabilidades —como la crianza de los hijos, la estabilidad económica o las normas sociales— han actuado como frenos para tomar la decisión de separarse. Sin embargo, una vez alcanzada la jubilación y con los hijos independizados, algunas parejas se encuentran frente a una convivencia más intensa y prolongada, que a veces evidencia diferencias profundas que habían permanecido ocultas.

Por otra parte, la expectativa de vida más larga y la mejora en la calidad de los años posteriores a la jubilación generan en muchas personas mayores el deseo de disfrutar una etapa plena, sin renunciar a la tranquilidad emocional o a la libertad personal. Esto lleva a algunos a buscar una nueva oportunidad, aunque para ello deban poner fin a una relación de toda la vida. La soledad no suele ser la causa principal de estas rupturas; más bien, lo es la reflexión sobre el tiempo que queda por vivir.

Las separaciones en la tercera edad también están influidas por cambios culturales. La visión del matrimonio ha evolucionado, y ya no se considera algo para toda la vida.

No obstante, los divorcios en esta etapa conllevan desafíos particulares: reorganización económica, adaptación emocional, impacto en hijos adultos e, incluso nietos, y la necesidad de construir nuevas redes afectivas. Aun así, muchas personas mayores encuentran fortaleza en su experiencia de vida y afrontan esta transición con madurez y serenidad.

En definitiva, las separaciones o divorcios en personas de la tercera edad no deben interpretarse únicamente como el final de una historia, sino como una posibilidad de buscar el bienestar personal. Representan, en muchos casos, un acto de valentía y de reafirmación de la propia identidad, demostrando que nunca es tarde para priorizar la felicidad. www.almazangarciaabogados.com

lunes, 2 de febrero de 2026

LOS TUITS DE OCTUBRE DE 2025 A ENERO DE 2026

     A continuación transcribo los tuits más destacados del último trimestre de 2025 y del último trimestre de 2026, publicados en mi cuenta de X @LMalmazan que recomiendo que sigáis:

ABUELOS/REGIMEN DE VISITAS/DERECHO PENAL

No llevar a los hijos a una visita puede ser delito de desobediencia, aunque solo sea una vez. La madre no llevó a sus hijos para q los abuelos paternos los viesen. Condena como autora d un delito de desobediencia (art 556CP). STS nº1070/2025, de 30/12/25.


CUSTODIA EXCLUSIVA

Cambio de custodia compartida a materna porque la madre cambió de domicilio siendo aceptado por el padre q lo autorizó sin formular demanda de ejecución, traslado que impide mantener la custodia compartida. SAP Vizcaya, s4, 15/01/2025


La afectación psicologica de la madre no le impide ejercer la custodia exclusiva, no cabe concluir en un ejercicio inadecuado cuando la madre ha ejercido su función de progenitora custodia, ni extremo que permita pensar que en el futuro no lo pueda seguir haciendo. STS 10/07/2024


PROCESAL

No es necesario acudir previamente a un MASC (intento de negociación previo) cuando el objeto de la litis es solo el divorcio, siendo materia de orden público indisponible. Auto AP de Navarra 335/2025 de 3/10/2025


La solicitud de copia de la grabación de la vista no suspende el plazo para recurrir en apelación, salvo que expresamente se acuerde judicialmente. Es ineficaz una Diligencia de Ordenacion que el último dia acuerda suspenderlo con carácter retroactivo. SAP Cádiz 23/12/2024


PSICOLOGOS

Salvo excepciones, no se puede obligar a los padres a ir a terapia psicológica sin su consentimiento, lo q sí se puede es valorar esa negativa de cara a modificar medidas. Cosa distinta es la del menor q sí puede acordarse aun con la oposición d los padres. STS 1310/2025 d 29/09


REGIMEN DE VISITAS

El PEF no puede decidir la evolución del régimen de visitas, debe ser el juzgado (art 94.3cc). El regimen de visitas es un interés del menor (salvo excepciones) y procede fijarlo y someterlo a control judicial, su variación deberá ser mediante resolución j. STS 1251/2025 de 16/09


Procede fijar un régimen de visitas normaizado si bien, este no lo decide el PEF por lo que en fase de ejecución de sentencia tras recabar informe psicosocial, el juzgado resolverá la ampliación del régimen de visitas. STS 18/09/2024


VIVIENDA FAMILIAR

No procede fijar "casa nido", y menos cuando no lo ha pedido ninguna de las partes. La Sala ha ponderado el interés del menor asi como las tensiones que se producirían en su perjuicio. STS de 14/10/2024


No procede atribuir el uso de la vivienda familiar porque la madre convive con nueva pareja, si bien se limita el uso a un año y se le aumenta la pensión al padre cuando la madre desaloje. STS 23/09/2024

Uso de la vivienda fam. para el progenitor custodio aunq tenga una vivienda en alquiler: no se puede concluir q las menores no precisen la viv. fam. por tener satisfechas sus necesidades. Están adaptadas a su casa y se desconocen las caracteristicas d la otra viv. STS 22/07/2024


Se estima el desahucio por precario de la vivienda fam. La atribución de su uso no evita el precario. La madre había cedido la viv a su hijo para que viviera con su mujer y su hijo. El uso es atribuido a su hijo que alega un comodato con su madre. SAP Valencia 171/2024 15/04/2024